Registro para estudiantes de la UNSJ que trabajan y/o tienen personas a cargo (RETYPAC)
El Registro de estudiantes que trabajan y/o tienen personas a cargo (RETYPAC) es un sistema para la implementación del Reglamento del estudiante trabajador o con personas a cargo, reglamento aprobado por el Consejo Superior de la Universidad Nacional de San Juan según Ordenanza Nº13/2023.
El RETYPAC fue desarrollado en la Facultad de Ingeniería por Secretaría de Asuntos Estudiantiles, a partir de la información proporcionada por las Secretarías/Coordinaciones de Asuntos Estudiantiles de las Unidades Académicas de la UNSJ.
Los estudiantes interesados en realizar la inscripción a este reglamento deberán completar una Declaración Jurada que luego cargarán al momento de registrarse en el en el sitio web RETYPAC.
¿A quiénes aplica este reglamento?
El reglamento comprende a todo/a estudiante que:
- ◘ Preste servicios, en relación de dependencia, a cambio de una retribución, sin distinción de que el/la empleador/a sea persona humana o jurídica.
- ◘ Preste servicios de manera independiente, esté registrado en el Registro Nacional de Trabajadores/as de la Economía Popular (RENATEP), o sea emprendedor/a no registrado/a o autónomo/a.
- ◘ Esté becado/a con contraprestación de servicios o realice pasantía educativa.
- ◘ Sea representante estudiantil, electo y en ejercicio de sus funciones, tanto titular o suplente del Consejo Directivo, Consejo Superior, Consejo y Claustro Departamental; o sea miembro de la Comisión Directiva del Centro de Estudiantes, Federación Universitaria o Asociación Estudiantil.
- ◘ Cumpla funciones en el ámbito de la Universidad reconocidas por resolución.
- ◘ Que realice de forma habitual tareas relacionadas con el bienestar, sostenimiento de la vida y la asistencia a personas:
- A) Menores de edad.
- B) Con discapacidad.
- C) Con o sin patologías, que requieran tratamiento médico o cuidados especiales.
¿Qué derechos me otorga el Reglamento del/de la estudiante trabajador/a o con personas a cargo (Ordenanza N°13/2023-CS)?
Los/las estudiantes que se incorporen al presente reglamento tendrán los siguientes derechos:
- Prioridad en la elección de las comisiones que se constituyan en las asignaturas.
- Posibilidad de realizar cambio de comisión de las asignaturas, para adecuarse a los horarios de trabajo o de cuidado de la/s persona/s a cargo, sin perjuicio de lo establecido en el inciso 1.
- En caso de no existir comisión que sea compatible en día y horario, se habilitarán alternativas formativas, mediante el uso de tecnologías de la información y comunicación u otras que acuerde el/la profesor/a titular o a cargo de la asignatura con los/las estudiantes.
- Acordar con el/la profesor/a titular o a cargo de la asignatura, la posibilidad de realizar las actividades evaluativas de manera individual, en caso de que sean grupales y no sea posible su participación.
- Justificación de tardanza de hasta treinta minutos (30′) en cualquier actividad obligatoria, exámenes finales y parciales, entre otros.
- Posibilidad de acceder a evaluaciones alternativas consensuadas entre el/la estudiante y el/la profesor/a titular o a cargo de la asignatura, en caso de no poder asistir a las programadas, sean estas: parciales (primera instancia, recuperatorio o extraordinario), prácticos evaluables y coloquios, entre otras; asegurando el número de instancias de evaluaciones establecidas en la planificación de la asignatura.
Ante dudas o consultas dirigirse a la Secretaría de Asuntos Estudiantiles de la Facultad de Ingeniería
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Departamento de Electrónica y Automática